PUBLICAMOS UN ESTRACTO DE LA SENTENCIA DE VISTA, QUE CONFIRMA LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA, LA MISMA QUE DECLARO FUNDADA LA DEMANDA POR LA BONIFICACIÓN ESPECIAL DEL 30% POR PREPARACIÓN DE CLASE Y EVALUACIÓN, DISPONIENDO EL PAGO DE LOS DEVENGADOS E INTERESES.
1° SALA LABORAL
PERMANENTE
EXPEDIENTE : 21287-2012-0-1801-JR-LA-22
MATERIA : ACCION CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA
RELATOR : CONSUELO LAZO RUTH GENOVEVA
DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DE
EDUCACION, ORGANO EJECUTOR UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA
LOCAL NUMERO 01 SAN JUAN DE MIRAFLORES EN ADELANTE UGEL 01, TRIBUNAL DEL SERVICIO CIVIL ,
DEMANDANTE : SANDOVAL SARMIENTO, CLARA AURORA
Lima, veintitrés de
agosto del dos mil trece.-
CONFIRMARON la sentencia
de fecha 29 de enero del 2013, obrante de
fojas 43 a 48, que declara fundada la acción contenciosa administrativa de
fojas 14 a 17, en consecuencia, ORDENARON que
la demandada de cumplimiento al mandato contenido en la Resolución N° 5025-2011-SERVIR/TSC-SEGUNDA
SALA de fecha 05 de octubre del 2011, reconociendo a la demandante el pago de la
bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación sobre la
base del 30% de la remuneración total percibida por la actora, con lo demás que
contiene. En los seguidos
por CLARA AURORA SANDOVAL SARMIENTO contra
el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, sobre
Cumplimiento de Resolución Administrativa Firme; y, los DEVOLVIERON al Vigésimo Segundo Juzgado Especializado de Trabajo de
Lima.
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