12/7/13

LAS ACTIVIDADES DE LOS DOCENTES EN LAS VACACIONES ESCOLARES DE MEDIO AÑO


El periodo vacacional  de los profesores correspondientes al Área de Gestión Pedagógica es de sesenta (60) días anuales, las mismas, que son remuneradas y coinciden con las vacaciones escolares. Estas vacaciones se gozan en los meses de enero y febrero de cada año. Derecho que se encuentra regulado por el Art. 146° del Decreto Supremo N° 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.

Por otra parte, esta las Actividades de los Profesores en las vacaciones escolares de medio año. La norma contenida en el Art. 147° del Decreto Supremo N° 004-2013-ED, precisa dos situaciones, ambas contenidas en el numeral 147.1, señalando la primer de ellas que: “En las vacaciones escolares de medio año los profesores del Área de Gestión Pedagógica desarrollan actividades propias de su responsabilidad en el trabajo educativo, sin necesidad de asistir a la institución educativa…”. En esta parte de la norma se regula que los docentes del área de gestión pedagógica, durante las vacaciones escolares no asistirán a su centro de labores, desarrollando sus actividades profesionales sin asistir a la institución educativa; de otra parte, la segunda opción nos dice: “…Sin embargo, en caso las instancias de gestión educativa descentralizada programen actividades que requieran de la asistencia del profesor, este se encuentra en la obligación de participar en las mismas, caso contrario se procederá con los descuentos correspondientes”. Por lo que, depende la asistencia del docente a la Institución Educativa de lo que la Dirección de la Institución, UGEL o DRELM hayan programado para ese periodo de vacaciones escolares de medio año; sin embargo se debe advertir que en lo que respecta al año escolar en las Instituciones Educativas, sus actividades y otras, ya se encuentran planificadas en el Plan de Trabajo Anual, el mismo que no puede ser, para mi parecer, modificado y/o reestructurado, toda vez que el docente ha planificado sus labores en función a él. En cuanto se refiere a las Directivas que emita los otros entes de gestión educativa descentralizada como las UGELs y DREs, solo queda esperar, pues su trabajo improvisado y sorpresivo ya tiene acostumbrado a los docentes.   

 

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