EL PAGO DE PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN PARA LOS CESANTES DEL D. LEY 20530
NO EXISTE ENTONCES JUSTIFICACIÓN LEGAL, QUE PERMITA QUE ESTE DERECHO NO SE LE RECONOZCA A LOS PROFESORES DEL RÉGIMEN PENSIONARIOS REGULADO POR EL D. LEY 20530.
Este derecho debe ser reconocido DE OFICIO porque es UN DERECHO,los cesantes de la 20530 estamos marginados por los gobiernos de turno,nos corresponde a TODOS LOS PROFESORES DE AULA Y PROFESORES CESANTES,ya estamos cansados del jueguito ese ,que hay que pedir todo vía judicial,los derechos no se piden vía judicial,sino se otorgan DE OFICIO Y YA,no tenemos dinero para comer menos poara pagar abogados y rogarle al poder judicial y al MEF mientras que todos se gozan del dinero del Estado,los cesantes con las justas ganamos mil soles,después de trabajar 25 años al magisterio y con 5 años de estudios superiores,iremos al TC.
Los que estamos en actividad tan poco no quieren darnos la bonificación de las clases
ResponderEliminarSaludos profesora Ana, debe iniciar el proceso judicial, previamente agote la vía administrativa.
ResponderEliminarEste derecho debe ser reconocido DE OFICIO porque es UN DERECHO,los cesantes de la 20530 estamos marginados por los gobiernos de turno,nos corresponde a TODOS LOS PROFESORES DE AULA Y PROFESORES CESANTES,ya estamos cansados del jueguito ese ,que hay que pedir todo vía judicial,los derechos no se piden vía judicial,sino se otorgan DE OFICIO Y YA,no tenemos dinero para comer menos poara pagar abogados y rogarle al poder judicial y al MEF mientras que todos se gozan del dinero del Estado,los cesantes con las justas ganamos mil soles,después de trabajar 25 años al magisterio y con 5 años de estudios superiores,iremos al TC.
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