5/4/12

INFORMANDO SOBRE EL FONAVI

Frente a las interrogantes de los colegas maestros del SUTE-13-Sector, con respecto a la devolución de los aportes hechos al FONAVI, ofrecemos un conjunto de preguntas y respuestas, luego de una lectura del Reglamento de la Ley 29625, “Ley de Devolución del Dinero del FONAVI a los Trabajadores que Contribuyeron al mismo”.

1. ¿QUÉ ES EL FONAVI?

Es el Fondo Nacional de Vivienda, creado por el Decreto Ley Nº 22591, de fecha 30 de junio de 1979, que tuvo como finalidad satisfacer en forma progresiva la necesidad de vivienda de los trabajadores en función de sus ingresos. Inició su liquidación el 28 de agosto de 1998, fecha en que entró en vigencia la Ley Nº 26969.

2. PERIODO DE VIGENCIA DEL FONAVI

El periodo de vigencia del FONAVI, y la contribución realizada por el trabajador y empleador, desde el 1° de julio de 1979 al 31 de agosto de 1998.

3. ¿QUÉ TIPOS DE APORTES EXISTEN EN EL FONAVI?

Los aportes son de dos tipos:

Aporte del Trabajador.- Toda aquella contribución al FONAVI que fue descontada de la remuneración del trabajador, durante el tiempo de vigencia del FONAVI.

Aporte del Empleador.- Toda aquella contribución al FONAVI que fue aportada por el empleador en base a la remuneración del trabajador, durante el tiempo de vigencia del FONAVI.

4. ¿QUIÉNES SON DENOMINADOS FONAVISTAS?

Son las Personas naturales que en calidad de trabajadores obligatoria o facultativamente contribuyeron al FONAVI.

5. ¿A QUIÉN SE LLAMA FONAVISTA BENEFICIARIO?

Es la Persona natural que, habiendo contribuido al FONAVI en su condición de trabajador, se encuentre inscrito en el Padrón Nacional de Fonavistas, y cumpla con las exigencias de la norma; es considerado también en esta condición, los herederos en caso de fallecimiento del titular, debidamente acreditados; y los representantes debidamente autorizados mediante carta poder con firma legalizada notarialmente o mediante escritura pública.

6. ¿QUIÉN SE ENCARGA DE LOS PROCEDIMIENTO Y PROCESOS DE DEVOLUCIÓN DE LOS APORTE DEL FONAVI AL TRABAJADOR?

La Comisión Ad Hoc creada por ley, se encargará de la devolución del total actualizado de los aportes descontados de las remuneraciones de los trabajadores aportantes al FONAVI. Para ello efectuará la liquidación de aportaciones y derechos, constituyendo una Cuenta Individual por cada FONAVISTA, de acuerdo a la tasa de interés legal efectiva vigente durante todo el periodo, comprendido de junio de 1979 hasta la fecha de efectué la liquidación de la cuenta. El valor total actualizado, se entregara a cada FONAVISTA a través de un documento denominado Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos de Fonavistas.

7. ¿CÓMO SE ELABORA LA RELACIÓN DE FONAVISTAS?

La Comisión Ad Hoc, elaborara una relación de FONAVISTAS, contando con la información de su historia laboral proveniente de fuentes oficiales y privadas y, otras que se facilitan al inicio de la identificación de Fonavistas Beneficiarios, tales como el padrón de la Asociación Nacional de Fonavistas del Perú (ANFPP).

8. ¿CÓMO SE ELABORA EL HISTORIAL LABORAL?

Con la información que el Fonavista registrará y presentará a través del Formulario de Inscripción.

9. ¿QUÉ ES EL SINFONAVI?

Es el sistema de información, que incorpora el historial laboral del FONAVISTA, construido por la Comisión Ad Hoc, para facilitar el proceso de devolución de los aportes al FONAVI.

10. ¿QUÉ COSTO TIENE LOS PROCEDIMIENTOS?

A decir del reglamento, todos los procedimientos administrativos seguidos ante la Comisión Ad hoc, establecidos y/o que se deriven del presente Reglamento son gratuitos, incluyendo la consulta de la historia laboral en el SIFONAVI, así como el uso de formatos establecidos.

11. ¿CUÁNDO SE SUSPENDE EL PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE APORTES?

Cuando la Comisión verifique la presentación de documentación falsa y/o adulterada, por parte del interesado, en cualquier fase del procedimiento; remitiendo el expediente administrativo al Ministerio Público para que evalúe la procedencia del inicio de las acciones penales que correspondan.

12. ¿EN QUÉ MOMENTO SE INICIA LA INSCRIPCIÓN?

Cuando se implemente la Secretaria Técnica, que se encargará de establecer el procedimiento de registro, vía el uso del Formulario 1.

13. ¿CON QUÉ DOCUMENTOS SE INSCRIBE EL FONAVISTA?

Sólo llenando el Formulario 1 a través del SINFONAVI, especificando el nombre de las instituciones y/o empresas en las que he laborado, durante el periodo de vigencia del FONAVI. Datos que servirán para elaborar el Historial Laboral del Trabajador Fonavista, en concordancia con la información entregada por la ONP, SBS, SUNAT y ESSALUD; y demás instituciones públicas y privadas.

14. ¿CÓMO SE INSCRIBEN LOS HEREDEROS O TRABAJADORES QUE NO PUEDEN REALIZAR EL TRÁMITE PERSONALMENTE?

El solicitante debe acreditar ser un heredero legalmente acreditado, de acuerdo a las normas; en cuanto al otro caso, debe designar a un representante debidamente autorizado con carta poder con firma legalizada ente notario público o mediante escritura pública. Ambos caso, luego de acreditar su situación, recién puede ingresar sus datos al FORMULARIO 1 (datos del solicitante).

Un aporte para a los maestros, y demás trabajadores afectados por la apropiacion de los aportes efectuados durante años.

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