tag:blogger.com,1999:blog-1056443401453792750.post6654793865881588949..comments2024-02-28T21:33:11.690-08:00Comments on Estudio Jurídico Azarazu&Abogados: TRATO DIRECTO: SUTEP-MINEDUAntonio Zarazu Gomerohttp://www.blogger.com/profile/07530146636388372870noreply@blogger.comBlogger5125tag:blogger.com,1999:blog-1056443401453792750.post-23299256966941474192013-12-20T19:25:38.756-08:002013-12-20T19:25:38.756-08:00BUEN DIA Dr. tomando en cuenta el ofic.multiple ...BUEN DIA Dr. tomando en cuenta el ofic.multiple N°078-2013-minedu, y con respecto RM. Nº 571-94-ED en la parte de la JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO Los trabajadores que desempeñan labores durante las noches tendrán una jornada alterna no mayor a seis (06),….ESTO TAMBIEN ¿SIGUE VIGENTE?...soy trabajador de servicio en una escuela, nombrado, y trabajo de lunes a viernes de 8.00pm a 4.00am(8 hras diarias de noche)...GRACIAS <br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/11352197983490256386noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1056443401453792750.post-26312657586490256402013-09-18T21:38:02.335-07:002013-09-18T21:38:02.335-07:00Con respecto al trato Directo del SUTEP y MED, en ...Con respecto al trato Directo del SUTEP y MED, en lo que respecta a las asignaciones económicas, subsidios por luto y el pago de la deuda al mangisterio por el 30%, es un tema que se encuentra en pleno debate, que ha sido afectado por el Tribunal de Servicio Civil, mediante el Informe Legal 524-2012-SERVIR. Informe donde esta instancia viene recomendando que se abono los beneficios indicados sobre la remuneración mensual. Una forma de remuneración que el Tribunal, desenterro al hacer vigente, una norma que previamente la consideraba como derogada. <br />Con respecto al 30%, estaremos publicando este fin de semana la últimas Casaciones que se han logrado ganar a travé de los abogados que asesoran al SUTEP en toda sus instancias.Antonio Zarazu Gomerohttps://www.blogger.com/profile/07530146636388372870noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1056443401453792750.post-81047037533512479512013-09-18T21:30:05.273-07:002013-09-18T21:30:05.273-07:00Usted tiene razón, le corresponde a los docentes e...Usted tiene razón, le corresponde a los docentes en general. La R.M. N° 571-91-ED, regula el control de asistencia, permanencia, tardanzas y otros del personal del ministerio de educación, por ende los contratados también lo son, y les corresponde el goce y disfrute de ese derechoAntonio Zarazu Gomerohttps://www.blogger.com/profile/07530146636388372870noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1056443401453792750.post-41601983615405499952013-09-12T07:46:54.029-07:002013-09-12T07:46:54.029-07:00Buen día Dr.
Quisiera saber por qué los directores...Buen día Dr.<br />Quisiera saber por qué los directores de las IE. afirman que esto de los 3 dias no les corresponden a los contratados, es cierto?. Y si fuese así, acaso los docentes contratados no trabajan y tienen necesidades tan igual que los nombrados?Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/05287968443030340645noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1056443401453792750.post-35224935697716284042013-09-08T19:51:26.859-07:002013-09-08T19:51:26.859-07:00Doctor Antonio Zarazu, por favor podría informar s...Doctor Antonio Zarazu, por favor podría informar sobre el trato realizado el 04 de setiembre (punto 5)Por favor urgente<br />Saludosjorgehttps://www.blogger.com/profile/12761529289334002592noreply@blogger.com