Algunos Directores de la II.EE, no han encontrado
mejor forma de presionar y/o afectar al docentes, obligándolo en contra de la
Ley y su voluntad acudir a su centro de labores el viernes 01 de marzo, para
dar inicio al "año escolar 2013"; inicio que, por decisión legal y
por lo dicho por la representante del Ministerio de Educación, era para el día
04 de marzo. El 01 de marzo, recién se cumplía los 60 días de vacaciones.
Estando en esta situación, de goce y disfrute de
un derecho, la decisión de informar una presunta inasistencia para descontar, de
sus magros haberes a los docentes, una inasistencia el 01 de marzo a la II.EE.,
se convertiría en un abuso de autoridad, pasible de denuncia administrativa y/o
denuncia penal, toda vez que se está afectando un ingreso que tiene naturaleza alimenticia.
A efectos de justificar legalmente el no descuento
de los haberes, ofrezco un modelo de escrito que permita advertir a los
Directores, la falta en la que podrían incurrir.
SUMILLA : SOLICITO NO EFECTUAR
DESCUENTO
REFERENCIA : LEY 29944-“LEY DE REFORMA
MAGISTERIAL”.
SEÑOR
DIRECTOR DE LA UGEL. CHAVIN DE HUANTAR-HUARI
ANCASH
PEPE ROBERTO ANGEL, identificado con DNI N°…, con domicilio en….docente nombrado de la I.E.
N°….; ante usted, con el debido respeto me presento y digo:
I.
PETITORIO:
Que, al amparo del Art. 2° numeral 20 de la
Constitución Política del Estado, en concordancia con el Art. 106° y siguientes
de la Ley 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo General”, norma que
obligar a la administración a dar respuesta por escrito en el plazo legal,
VENGO A SOLICITAR A VUESTRO DESPACHO, NO
EFECTUAR DESCUENTO POR LA PRESUNTA INASISTENCIA INJUSTIFICADA A MI CENTRO DE
LABORES EL 01 DE MARZO DEL 2013; pretensión que la sustento en los fundamentos
de hecho y derecho que seguidamente expongo:
II.
FUNDAMENTO DE HECHO:
1) Que, debo advertir que soy docente nombrado en la I.E. antes mencionada;
en tal condición, como servidor público, no solo existo para cumplir con mis
deberes, obligaciones y/o funciones, sino para hacer uso, goce y disfrute de
los derechos que regula a mi favor la Constitución Política, las Leyes y
Reglamentos.
2) Que, la Constitución Política de 1993, en el segundo párrafo de su Art.
25°, regula el derecho de los trabajadores para el goce de su descanso,
precisando expresamente en su parte final que “…SU DIFRUTE…se regula por ley…”.
3)
Que, por otra parte el Art. 2 de la Ley 29944,
regulando los principios de la Reforma Magisterial en su literal a) prescribe,
refiriéndose al Principio de legalidad, que “Los
derechos y obligaciones que genera el ejercicio de la profesión docente se
enmarcan dentro de lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley
28044, Ley General de Educación, y sus modificatorias, la presente Ley y sus
reglamentos”.
4)
Que, en ese orden de ideas, debe tener en cuenta
que el inciso i) del Art. 41° de la Ley 29944, regula las VACACIONES como uno
de los derechos del profesorado; derecho que según el Art. 66° de la acotada
Ley, corresponde al docente que labora en el gestión pedagógica por un termino de
sesenta (60) días anuales de vacaciones. Precisando que las vacaciones son
irrenunciables.
5)
Que, el Art. 2 numeral 24
literal a) de nuestra Carta Magna, dispone que “NADIE ESTA OBLIGADO HACER LO
QUE LA LEY NO MANDA, NI IMPEDIDO HACER LO QUE ELLA NO PROHIBE”. Por lo que, no
hay justificación alguna para afectar con un descuento al suscrito por la inasistencia del 01 de marzo del 2013,
toda vez que ha hecho uso, goce y disfrute de un derecho regulado por la Ley;
en tanto que la amenaza y/o materialización de un posible descuento, vendría a
ser un acto arbitrario, violatorio de la legalidad y vulneración de un derecho
que es irrenunciable, ya que al 01 de marzo del 2013, recién se cumplen
los sesenta (60) días anuales de vacaciones.
POR LO
EXPUESTO:
Sírvase señor Director, proveer la presente petición
conforme lo establece y obliga la Ley.
ANEXO: - Copia del DNI.
de marzo del 2013
Mil gracias por defender los derechos del docente.
ResponderEliminarSeñor abogado, agradeceré si sirva enviarme la Ley para solicitar el pago real por refmov. el cual es de 150.00 y no de 5.00 soles.
Mi correo es: jnac_21@hotmail.com
Gracias.
Noemí Argomedo.